Estado de alarma y devolución de compras online

Estos días estamos en estado de Alarma. El servicio de correos se presta bajo mínimos, y muchas empresas han cerrado de forma temporal debido al estado de alarma.

Si hemos comprado algo y lo queremos devolver, nos podemos encontrar que no es posible, y entonces preguntarnos que que pasa si pasa el plazo de devolución.

La respuesta nos la da hoy, día 18 de marzo, el gobierno, a través del boletín oficial de estado:

Segun el boe de hoy, día 18/03/2020:

Artículo 21. Interrupción del plazo para la devolución de productos durante vigencia del estado de alarma.

Durante la vigencia del Estado de Alarma o sus posibles prórrogas, se interrumpen los plazos para la devolución de los productos comprados por cualquier modalidad, bien presencial bien on-line. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma o, en su caso, las prórrogas del mismo.

Esto es:

Los plazos de devolución se congelan, y empiezan a contar solamente tras terminarse el estado de alarma.

Por tanto, podemos devolverlo cuando acabe el estado de alarma, pues los plazos mientras este dure no se contabilizan.